viadenuncia

FAQs

viadenuncia

Todo lo que tienes que saber sobre Viadenuncia Ley 2/2023

Directiva whistleblower

1.- ¿Qué es la Ley 2/2023?

La Ley 2/2023, del 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, es la ley por la cual se traspone al ordenamiento jurídico español la Directiva UE 2019/1937, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informan sobre infracciones del Derecho de la Unión.

La Ley 2/2023 determina la obligatoriedad de todas las administraciones públicas y empresas de más de 50 trabajadores de disponer de sistemas internos de información para que los clientes, proveedores, trabajadores y/o personas que se relacionen puedan comunicar irregularidades o propuestas de mejora para el funcionamiento de la organización.

Según la Ley 2/2023, las comunicaciones tienen que poder efectuarse presencialmente, por escrito (a través de correo postal o cualquier medio electrónico) o verbalmente (por vía telefónica o a través de sistema de mensajería de voz).

Adicionalmente, la Ley establece la obligatoriedad de permitir comunicaciones anónimas a través del canal interno de información.

2.- ¿Se encuentra la Ley 2/2023 en vigor?

Efectivamente, la Ley 2/2023 entró en vigor el 13 de marzo de 2023 y actualmente es plenamente aplicable.

Sin embargo, la disposición transitoria segunda de la Ley establece que las entidades jurídicas del sector privado con 249 trabajadores o menos, así como los municipios de menos de diez mil habitantes, disponen de plazo para adaptarse a la nueva Ley y dar cumplimiento hasta el 1 de diciembre de 2023.

3.- Por tanto, ¿es obligatorio contar con una canal interno?

No es obligatorio para todas las empresas, pero sí para todas las Administraciones públicas, las empresas de más de 50 trabajadores, así como también para poder optar y gestionar los Fondos Europeos Next Generation.

4.- ¿Y qué es el canal interno de VIADENUNCIA?

El canal de denuncias de VIADENUNCIA es el medio que, conforme a la Ley 2/2023, permite comunicar supuestas prácticas irregulares, incumplimientos internos y actividades ilícitas en el seno de una organización privada o Administración pública; que se hayan llevado a cabo por parte de cualquier persona que tenga relación con la organización (trabajadores, directivos, consumidores, proveedores, etc.).

VIADENUNCIA cuenta con un procedimiento específico que garantiza los derechos de todas las partes del procedimiento, activas y pasivas

5.- ¿Cuáles son las vías de comunicación que ofrece el canal interno de VIADENUNCIA?

El canal de interno de VIADENUNCIA permite efectuar las comunicaciones a través de los medios que determina la Ley 2/2023: telemático (a través del formulario web), correo electrónico, llamada telefónica (la cual será registrada), correo postal y entrevista personal (previa cita).

VIADENUNCIA garantiza la confidencialidad de la persona informante, si así lo solicita e impide que cualquier persona ajena pueda acceder a la información que ha sido objeto de denuncia o comunicación.

6.- ¿Qué hechos pueden ser objeto de denuncia a través del canal de denuncias de VIADENUNCIA?

Conforme a la Ley 2/2023, son exclusivamente hechos a informar sobre infracciones o denuncias las que correspondan a los ámbitos siguientes:

  1. Contratación pública,

  2. Servicios, productos y mercados financieros, y prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo,

  3. Seguridad de los productos y conformidad,

  4. Seguridad del transporte,

  5. Protección del medioambiente,

  6. Protección frente a las radiaciones y seguridad nuclear,

  7. Seguridad de los alimentos y los piensos, sanidad animal y bienestar de los animales

  8. Salud pública,

  9. Protección de los consumidores

  10. Protección de la privacidad y de los datos personales, y seguridad de las redes y los sistemas de información;

  11. Infracciones que afectan los intereses financieros de la Unión Europea;

  12. Infracciones relativas al mercado interior, infracciones de las normas de la Unión en materia de competencia y ayudas otorgada por los Estados, así como las infracciones relativas al mercado interior en relación con los actos que infringen las normas de impuesto de sociedades; o prácticas cuya finalidad sea obtener una ventaja fiscal que desvirtúe el objeto o finalidad de la legislación aplicable del impuesto de sociedades.

7.- ¿Tengo que identificarme para formular la denuncia?

Conforme a la Directiva UE 2019/1937, no es necesario identificarse para formular la denuncia. El formulario web de VIADENUNCIA permite escoger la opción de efectuar la comunicación de manera anónima, de tal manera que ni tan siquiera los profesionales de VIADENUNCIA conocerán la identidad de la persona denunciante.

8.- ¿Quién recibirá mi denuncia?

Tu comunicación será recibida por la persona Responsable del Sistema designada por el órgano de administración de la entidad titular del sistema o canal interno de información. La comunicación será analizada, en primer lugar, por una persona independiente llamada gestora del canal interno, quien efectuará un primer análisis sobre la viabilidad de la comunicación.

El anonimato y la confidencialidad son absolutos durante la instrucción y según las normas internas de cada entidad, con lo cual es posible que la entidad sea informada al final de la instrucción de la comunicación de la resolución que se adopte.

9.- ¿Una vez enviada mi comunicación, cuando recibiré la respuesta?

En un plazo máximo de 7 días recibirás un aviso de recepción, y en el plazo máximo de 90 días se te notificará la resolución del procedimiento, que podrá ser de propuesta de sanción o archivo.

Si los hechos comunicados son constitutivos de irregularidades leves, se informará a la organización o entidad para que pueda solucionar el asunto a través de sus propios medios internos y/o a través de mejora de sus protocolos.

Si los hechos denunciados constituyen una irregularidad grave, el responsable del sistema iniciará un procedimiento de investigación y elaborará un informe jurídico de acuerdo con la Ley 2/2023.

10.- ¿Cómo puedo implementar un canal de denuncias en mi empresa?

Solicita información a través del formulario de contacto que encontrarás haciendo clic aquí, o a través del correo electrónico info@viadenuncia.net y nos pondremos en contacto contigo para ayudarte a implementar un canalinterno en tu empresa.

Expertos en Cumplimiento Normativo y Formación Especializada

Somos los únicos en emplear  una IA configurada por nuestros profesionales para los canales internos de información.

Ofrecemos cursos de formación sobre la Ley 2/2023 y sus sistemas de información